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A raíz de un nuevo caso de  una menor de edad embarazada –producto de una violación- se ha puesto sobre el tapete de la discusión social el aborto. Hasta el momento, no hemos visto nuevas posturas ni nuevas soluciones, más bien, todo bastante similar: unos defienden la vida desde el momento de la concepción y otros le dan mayor valor a la autonomía de la mujer sobre su cuerpo. En las líneas que siguen, trataré de abordar uno de los tantos sub-temas que propone el aborto y que me parece necesario despejar en razón de que se ha puesto como lugar común en la discusión algo que es totalmente falaz y diferenciable, me refiero a tratar como equivalentes el aborto y el homicidio. Para esto, hay que darse una vuelta previa respecto de la situación del aborto en general.

Dos grandes hipocresías

Estamos sometidos a dos grandes hipocresías: la primera de la derecha, que sostuvo que como se prohibió el aborto en Chile el año 89, nuestro país quedó al margen del flagelo del aborto, como si se tratara de la fiebre aftosa, es decir, lejos de nuestra frontera. Es una hipocresía porque se queda simplemente el discurso. Se sabe que se practican abortos en Chile, y el problema es que es cifra negra, es decir, al margen de la regulación estatal. Las cifras oscilan entre 25mil a 150mil abortos anuales. Los estudios sociológicos señalan que la prohibición no afecta la cantidad de abortos que se producen, sino que la razón principal por la cual la mujer aborta es una razón económica. Desde que la mujer se involucró en la economía externa al hogar, se genera una necesidad de control reproductivo, y frente a esto, la mujer se encuentra en un trilema al que el hombre no está expuesto: no puede al mismo tiempo realizarse sexualmente, mantener íntegra su capacidad reproductiva y sin riesgo para su capacidad reproductiva. Esta hipocresía se mantuvo en el discurso mientras el rechazo al aborto consentido era popular, sin embargo, una vez que vuelve a hacerse menester la posibilidad de abortar, la derecha cambia su hipocresía por la de “ya que se hacen igualmente abortos, ¿para qué legislar?”.

Ser vivo 2
Ser vivo 2

La segunda hipocresía es de la izquierda, que hasta el momento no ha dado una respuesta con certeza legal a la práctica del aborto consentido. Sólo se ha mostrado a favor de 3 causales de aborto consentido: terapéutico, embriopatico y criminógeno. La pregunta para la izquierda es ¿qué pasa con los demás casos? Porque estas 3 causales son muy pocos comparativamente respecto de la cantidad de abortos que se practican. ¿Está proponiendo la izquierda que las mujeres y/o los médicos mientan? Hasta el momento no sabemos qué dicen. Ahora bien, estas 2 hipocresías van de la mano con dos posturas irreconciliables que luchan por el todo o nada, ignorando que todo país civilizado (USA, Alemania, Portugal y ahora recientemente Colombia) han adoptado posiciones de compromiso, esto quiere decir, no adoptar ninguno de los dos extremos y van viendo cómo se desarrolla de mejor manera la situación.

Hasta antes del año 89 (que se reforma el art. 119 del Código Sanitario, estableciendo el sistema que tenemos hoy en día con prohibición. Es decir, establecen la regla del magisterio eclesiástico) Chile conoció de un sistema de aborto consentido con fines terapéuticos, que se basaba en una relación entre la mujer y el médico. Se sabe a ciencia cierta, que durante el gobierno demócrata cristiano de Frei Montalva y el gobierno de Allende, por primera y única vez en Chile, la cifra de abortos disminuyó. Sin embargo, la crítica por parte de los personeros de la dictadura militar era señalar que en ese tiempo, la palabra “terapéutica” se aplicaba con excesiva amplitud, pero lo que olvidan mencionar, es que durante esos únicos años, Chile tuvo una política pública de planificación familiar.

Cuatro indicaciones a considerar

Volviendo a las indicaciones (que es un término dado por la lex artis de la profesión médica, pero que para efectos discursivos se amplía a situaciones que entendemos como plausibles), son 4 las que deben entrar en consideración: 1- terapéutico, que es cuando la mujer corre un riesgo de no poder sobrevivir al embarazo; 2- embriopatica, cuando hay una mal formación del feto que lo hace inviable; 3- criminógena, el caso típico es la violación, pero no es lo único (trasplante de embriones), y; 4- indicación social, que se da cuando el embarazo pone en riesgo la condición económica de la mujer o de su núcleo familiar. En resumen 1 y 2 son indicaciones médicas, 3 es legal y 4 una cuestión de asistencia social administrativa. Esto significa, que la medicina sólo puede dar respuesta satisfactoria a 1 y 2. Veamos una por una.

Ser vivo 3
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La indicación terapéutica tiene 2 cosas muy importantes ya que de ellas depende su aplicación práctica: lo primero es que tipo de daños cuya evitación se busca hace lícito exigirlos en el embarazo (si es muerte, si es daño orgánico o si es daño mental también). La segunda, es una cuestión de procedencia: ¿cuándo procede la interrupción del embarazo? A) Cuando el médico, en posición de tercera persona da un dictamen experto diciendo que el cuerpo de la mujer no resiste más, es decir, el médico dice que ya no le es posible neutralizar los problemas del embarazo con medios alternativos, que no es capaz de de controlar el riesgo, o B) cuando la mujer decide que no está dispuesta a asumir un riesgo más allá del que conlleva todo embarazo, un costo mayor al que es normal. La situación A) es una situación de estado de necesidad estrictamente subsidiario (un tercero juzga sin que la mujer pueda decir nada) o si se cambia el paradigma por establecer una situación de inexigibilidad. Esto cambia la regla general que dice “debe tolerar el embarazo” (una mujer embarazada ya debe soportar costos para la salud, bien estar, realización persona y por supuesto un riesgo estadístico en el parto) por tanto, cuando ese umbral se rebasa, le sería inexigible a la mujer asumir más riesgos que los normales de un embarazo. Por tanto, pasa a ser una decisión de la mujer, amparada por el Estado, de no querer correr un riesgo mayor al aceptado, es su decisión correrlo o no. El argumento conservador es que no es necesario, por la tecnología que hay hoy en día. Sin duda, eso funciona para las mujeres con dinero (minoría absoluta) que puede pagar tratamientos de punta. Por tanto, hay que eliminar el argumento paternalista de que el médico decide puesto que eso atenta contra la autonomía del paciente, derecho consagrado en cualquier país civilizado. Uno tiene que luchar porque la indicación terapéutica tenga una estructura de inexigibilidad.

La indicación embriopática hace exactamente la misma pregunta, ¿cuánto riesgo? Debe también establecerse una estructura de inexigibilidad.

Ser vivo 4
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Por su parte, la indicación criminógena, genera el gran problema de la constatación. El punto está en que tratándose de delitos sexuales no se puede poner en juego que la víctima controle la información policial del hecho. ¿Hasta dónde va a llegar la necesidad de cerciorarse si fue o no fue? Esto se debe a la hipocresía de la izquierda, ya que los detractores del aborto dirán que todas las mujeres mentirán respecto de haber sido violadas para poder practicarse un aborto.

Respecto de la cuarta indicación, bueno, todo dependerá de cuanto estamos dispuestos a asumir como sociedad para tratar de equilibrar la carga que sólo conlleva la mujer.

¿Cuándo comienza la vida?

Se discute también sobre ¿cuánto tiempo tiene la mujer para poder practicarlo? Se ha llegado a una especie de consenso en Europa de que son 3 meses. Pero eso tal vez sea suficiente para una mujer de ese continente, con acceso a todo. En cambio, la mujer latinoamericana no cuenta con esos recursos. Sobre todo porque por regla general el primer mes va al agua (menstruación), el segundo es negación (la esperanza de no estar embarazada) por tanto, al final sólo le queda un mes.  Por esto, se necesita que el Código Sanitario sea capaz de dar una respuesta seria y acorde a la política internacional sobre derechos humanos.

Nos tienen convencidos en que la variable de “cuánto pesa” proteger la vida del no-nacido se encuentra el centro de la cuestión, es decir, ¿cuándo comienza la vida? La vida comenzó hace cientos de miles de años, el ovulo está vivo, el espermio está vivo, nunca deja de haber vida, la reproducción no es un paso de no-vida a vida, sino una transformación de esta. La cuestión central es ¿cuándo hay una biografía? Y la respuesta a esta pregunta no la puede dar la biología, es cultural. El gran argumento de los conservadores es de igualdad, es decir que tanto, los no-nacidos como los nacidos son igualmente individuos, y los que piensan que los no-nacidos no tienen la misma protección, son casi esclavistas. Esto es falso por varias razones, pero me concentraré en una. Para comenzar, concordamos en el punto de partida, nadie duda que los que está en el útero es una persona (¿qué es una persona? Un sujeto que tiene capacidad de conciencia reflexiva que se proyecta en el tiempo). Los seres humanos no son personas porque son humanos (no por ser de esta especie animal), son personas porque su caso de desarrollo los/nos constituye en personas ¿por qué entonces se tiene que tener el mismo estatuto durante toda la vida? ¿se puede tener estatutos menos pesados? Sí, y esto no te convierte en un esclavista porque es igual para todos, no hay embrión que lo sea durante toda su vida, todos fuimos embrión alguna vez y uno va superando etapas hasta llegar a la plena protección. Esto es, una evolución gradual en que van emergiendo las condiciones biológicas que son propias de la persona y la personalidad. El sostener que el ser humano en su fase inicial no tiene el mismo estatuto moral que las nacidas, no significa la misma discriminación a decir que las personas nacidas no tienen el mismo estatuto moral que otras personas nacidas. Sino, lo que significa es que no somos personas por pertenecer a una especie animal privilegiada (esto se llama especiismo y es igual de falaz que el racismo). ¿Tiene sentido concentrar toda la discusión en este punto? ¿Qué es el embrión en cada momento? A mi juicio no. La gran pregunta es: ¿Qué significa la prohibición de abortar?

Ser vivo 5
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¿Qué significa la prohibición de abortar?

La ceguera católica, que es una ceguera cultural, dice que la prohibición de abortar es enteramente equivalente a la prohibición de matar, o sea, que quien comete aborto infringe una prohibición que es estructuralmente idéntica a quien comete homicidio, ¿por qué? Porque el feto tiene la misma condición moral que el nacido, entonces si el objeto de protección moral es igual, la protección a la prohibición ha de ser igual. Ahora esto sólo es posible si se entiende que las prohibiciones declaran estatus, que es una manera pre-moderna de entender las prohibiciones, es decir, las declara intangibles. Esto significa que dañar al ser humano es dañar su intangibilidad, y obviamente, si ambos estatutos son idénticos, deben ser todo equiparable.

Pero, si uno entiende que las prohibiciones no son declaraciones de estatus de intangibilidad, sino que son distribuciones de autonomía (que se pone de manifiesto cuando uno declara que “tú en el ejercicio de tu autonomía puedes hacer muchas cosas, pero no puedes tomar la vida de otro” y por tanto uno hace un canje que la vida restringe la autonomía). Esto lleva a la pregunta: ¿es equivalente la distribución de autonomía para matar a un nacido que para el aborto? La respuesta es que no pueden ser equiparadas. Porque nadie nunca puede tolerar poner la supervivencia de su cuerpo a disposición de otro para satisfacer la prohibición de homicidio. Aquella autonomía que se me restringe por la prohibición de homicidio nunca alcanza la puesta de mi cuerpo a disposición de otro, nunca, no existe (imagine en qué condiciones se realiza la legítima defensa o el estado de necesidad defensivo). La naturaleza nos ha generado una independencia corporal tal que nunca debemos poner nuestro cuerpo a disposición de otro, y es más, en los casos que lo hace es siempre sin detrimento del cuerpo propio (hay omisión de socorro hasta que el salvar al otro ponga en peligro mi vida. En caso de trasplantes, el consentimiento es esencialmente revocable, es quiere decir que usted se puede arrepentir en la puerta del quirófano y nadie le puede hacer nada aunque la otra persona muera). No hay una obligación de tolerar la puesta de mi cuerpo a disposición de otro. Por tanto, no es problema de que la vida valga más que la salud o la intangibilidad del cuerpo de la mujer, sino que en la distribución de autonomía que genera la prohibición de homicidio, nunca se encuentra el costo que supone la distribución de autonomía en la prohibición del aborto, y por eso, la prohibición del aborto le exige a la mujer mucho más de lo que la prohibición del aborto le exige al hombre.

Ser vivo 6
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Sin embargo, lo que restringe para el hombre la prohibición del aborto es la misma prohibición que se encuentra en la distribución de autonomía del homicidio, y esa es la ceguera católica. Considera que la mujer se encuentra en la misma situación existencial que el hombre se encuentra respecto del feto. O sea, que el cuerpo de la mujer es algo así como “el espacio que le da la naturaleza al feto”. Esta es la ceguera que hay que remediar, ¿hay justificación moral para esto? Hay dos posiciones: una, decir que no existe ninguna razón moral para exigirle esto a la mujer. Dos, la conservadora, que es decir, así es la naturaleza simplemente.

Como ambas posiciones son irreconciliables, hay que buscar un punto de compromiso, y hacerle exigible a la mujer sólo cuando ella asume el riesgo. Ahora, no hay que ser tan burdos para decir que si la mujer consintió en el sexo, consintió en el embarazo. Esto es interesante porque  los conservadores que aceptan la tesis del consentimiento, se verían obligados a aceptar la causal criminógena puesto que justamente eso no hay. A su vez, ¿puede uno determinar cuando la mujer acepta el riesgo mientras practica su sexualidad? La respuesta es no, a menos que existan métodos anticonceptivos 100% efectivos y 100% disponibles. Por tanto, la única forma de decirle a la mujer, tu asumiste el riesgo es con un sistema de plazo, no hay otra posibilidad. El plazo no es una desprotección del embrión como dicen los conservadores, sino que el plazo es la forma de determinar la asunción de la mujer respecto del embarazo. Sin un sistema de plazo, no hay una forma justa de decirle a la mujer “tú asumiste el riesgo” así como tampoco es justo decirle “tú debes sobrellevar el embarazo”. Por supuesto, las indicaciones deben estar operativas, pero esto que se menciona acá viene antes, es si tiene o no derecho plausible para hacer valer su autonomía. Así llegamos a la paradoja de que el derecho a interrumpir el embarazo es el fundamento del deber de sobrellevar el embarazo si es que no se ejerce su derecho.

En conclusión, la forma de equilibrar la desigual distribución de la carga del embarazo, es otorgándole a la mujer la posibilidad de hacer valer su autonomía con un programa de ayuda social real. ¿Cuántos de esos centros de ayuda tendrían real valor si pudiera aconsejar a las mujeres respecto de sus posibilidades? Decirle que la carga no es solo de ella, si no que es un problema de todos. Si le prohíbes a la mujer, la condenas a la cifra negra, la condenas a la miseria y eres un hipócrita, porque te interesa más declarar que estás en contra pero no haces nada por una verdadera protección.

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2 Comentarios sobre “¿Qué significa la prohibición de abortar?

  1. Muy buena columna. Me parece interesante la idea de asignar un plazo de tiempo con el fin de entregarle la oportunidad a la mujer de ejercer su autonomía respecto del embarazo, la cual, como tu indicas en la columna, no puede ser ejercida sino hasta saber con certeza que se encuentra embarazada.

    Repito, buena columna. Sin embargo sigues al debe con respecto a los ultimos acontecimientos de una “Nueva Derecha”, la que tanto incentivaste en columnas pasadas.

    Abrazos.

  2. Estimada,

    Sin duda hay muchos temas dentro y por ahora me es imposible abarcarlos en razón de que no estudio todos los temas que conlleva.

    Pero de una cosa estoy seguro, prohibirlo no lleva a ninguna solución correcta. Puede qe vaya en declive y que los países que lo tengan sigan discutiendo (sería extraño que no puesto que es un debate que nunca acabará), sin embargo, no creo que vuelvan atrás ni menos a un estado cavernario como el nuestro.

    Muchas gracias por tomarte el tiempo de leer y compartir.

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