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La gente suele tomar posiciones en base a muy poca información, habitualmente recogida desde medios tendenciosos, porque siente la presión social de tener una opinión sobre los temas contingentes, sin reclamar el derecho a la reflexión que debe preceder la opinión.   Naturalmente, eso no ayuda en nada a resolver los conflictos que se viven en la sociedad.   El asunto mapuche es claro ejemplo de ello, partiendo por el hecho que es un problema que se arrastra desde hace 500 años y que involucra a casi 1 millón 800 mil personas, que equivalen a poco menos del 10 por ciento de la población del país.

Si a la incapacidad de comprensión lectora se agrega el prejuicio aprendido inconscientemente, tenemos configurado el escenario para una completa explosión social y para una división nacional que no sirve de nada.   Parte del error de juicio parte del hecho de permitir que se denomine al problema como el “conflicto mapuche”, dando la impresión que hubiera de una incipiente guerra civil, que no es tal.  Lo que hay es una larga historia de reclamos contra el Estado de Chile, no contra las personas.   Lamentablemente, ambos bandos han confundido a su adversario y atacado a personas, lo que profundiza los rencores.

Otra parte del error es creer que el problema se limita al caso del machi Celestino Córdova, condenado a 18 años por la responsabilidad que le cabe en el homicidio del matrimonio Luchsinger-McKay.  Durante el juicio no se pudo demostrar su responsabilidad directa sino circunstancial porque se le encontró a un kilómetro y medio de los hechos herido por una bala presuntamente disparada por Jorge Luchsinger, hecho que tampoco se pudo comprobar más allá de toda duda porque la pistola se derritió durante el incendio que terminó con la vida del matrimonio de ancianos.   Ello no significa, por cierto, su total inocencia pero siembra una duda que ayuda a una discrepancia que tiene más de mutuos prejuicios que de argumentos jurídicos.

Las últimas noticias del proceso consisten en la petición de Córdova para que, respetándose su condición de machi, pueda cumplir su condena bajo la modalidad de prisión domiciliaria en su rehue o rewe (equivalente al templo)  porque, dentro de su cosmovisión, necesita estar en contacto con la tierra.   Ese requerimiento no está considerado en la legislación chilena, la que en su conjunto no es reconocida por los mapuche y ese es precisamente el nudo principal de la discusión: El mutuo desconocimiento de las instituciones de cada grupo.

Los mapuche se consideran como un pueblo invadido, primero por el colonizador español y luego por el Estado de Chile, y como víctimas de atropellos de sus derechos humanos y de sus derechos específicos como indígenas, avalados por el Convenio 169 de la OIT que Chile suscribió en septiembre del año 2008 pero que rara vez respeta en los asuntos que puedan significar cierto grado de autonomía de los pueblos indígenas, como si le conviniera de alguna forma la fractura entre los habitantes de un mismo territorio.

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