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Iniciado ya el período de campaña para el plebiscito de entrada para la redacción de una nueva Constitución para la República de Chile, es conveniente hacer algunas precisiones que probablemente no serán abordadas por la propaganda política de ninguno de los bandos en pugna.

En primer lugar, lo obvio: Una nueva Constitución no va a resolver los problemas del país.  Es solo el marco legal, el contexto en el que serán las personas las que tendrán que actuar.  No hay varitas mágicas.

Luego, hay que recordar que este es el plebiscito de entrada, es decir el primer paso en el camino de la nueva Constitución.   Además de definirse si la mayoría de la ciudadanía quiere cambiar la Constitución, se resolverá el mecanismo para elegir a las personas encargadas de la redacción del texto, para lo que tendrá un plazo de nueve meses prorrogables por otros tres, al cabo de lo  cual deberá hacerse un nuevo plebiscito dos meses después para ratificar el trabajo que haga este grupo.

El acuerdo que dio paso a este primer plebiscito estipula que las nuevas normas sean aprobadas por dos tercios de los convencionales, lo que quiere decir en términos prácticos que un tercio de los convencionales más un voto pueden impedir las normas que proponga la mayoría.

Además, se limitan los actos de la Convención exclusivamente a la elaboración de la nueva Carta Magna, es decir no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación popular ni pronunciarse sobre otros proyectos de ley.

Se estipuló además que el nuevo texto deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes.

En estas condiciones, es difícil pensar que la nueva Carta Fundamental sea radical en un sentido u otro.   Lo importante es que los integrantes de la Convención Constituyente interpreten con claridad lo que quiere la ciudadanía, y que es básicamente todo lo que ha funcionado mal hasta la fecha con la Constitución del ’80, es decir el excesivo presidencialismo de nuestro sistema político, las discriminaciones existentes en nuestra sociedad como la brecha de las remuneraciones y las oportunidades, restringir el excesivo peso de Santiago sobre el resto del país y abrir espacios reales de participación de los ciudadanos, más allá de las elecciones periódicas de las autoridades además de garantizar condiciones mínimas de dignidad.   Hacer solamente eso ya significaría un avance de primera importancia.   Las demás materias son responsabilidad de las leyes posteriores.

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